Requisitos para abrir un consultorio médico en México

Requisitos para abrir un consultorio médico en México

Tiempo de lectura: 6 minutos

Abrir un consultorio médico, clínica o consultorio dental, una vez que se ha tomado la decisión de emprender esta ruta profesional, requiere de una planificación adecuada. Esto abarca desde la elaboración de un plan de negocios —que incluya un análisis de mercado— hasta la selección de la ubicación del consultorio, pasando por la definición del modelo de negocio.1

Adicionalmente, es fundamental estar al tanto de los requisitos legales establecidos para la prestación de servicios de atención médica, que van desde la obtención de los títulos de idoneidad profesional hasta los permisos de habilitación requeridos por la legislación vigente.1,2

En esta nota se explican los requisitos para abrir un consultorio, a fin de reducir los riesgos sanitarios en la población, en alineación con los objetivos que persigue la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS),3 y con base en la Norma Oficial Mexicana NOM-178-SSA1-1998 en materia de infraestructura y equipamiento de establecimientos para la atención médica de pacientes ambulatorios.4

 

Requisitos a cumplir por todos los consultorios médicos

Iniciar una práctica privada en el ámbito de la salud es una opción para ejercer la profesión y los servicios derivados de la atención médica.1
Cuando el profesional de la salud ha tomado la decisión de abrir su consultorio, es el comienzo de una actividad gratificante.
Cuando el profesional de la salud ha tomado la decisión de abrir su consultorio, es el comienzo de una actividad que puede ser gratificante, pero que conlleva desafíos significativos dadas las responsabilidades que deben considerarse desde el inicio, para evitar omisiones o acciones que puedan resultar en responsabilidad legal.1,2

Lineamientos de la Norma Oficial Mexicana

De acuerdo con la NOM 178-SSA1-1998, la organización apropiada de la infraestructura y el equipamiento de los servicios de salud se considera un asunto de primordial importancia, en virtud de que el correcto funcionamiento de las instalaciones médicas está estrechamente vinculado con los atributos propios del personal de salud, como son:4

  • Conocimientos
  • Habilidades
  • Destrezas
  • Motivación
  • Ética

Lo anterior asegura que se haga un uso adecuado de la tecnología disponible como parte integral de la infraestructura y el equipamiento médico.4

Los requisitos mínimos de infraestructura y equipamiento de establecimientos para la atención médica de pacientes ambulatorios que solicita la Norma Oficial Mexicana se describen a continuación.4

Mobiliario, equipo e instrumental para consultorio de medicina general o familiar
Mobiliario Equipo Instrumental
  • Asiento para el médico
  • Asientos para el paciente y acompañante
  • Mueble para escribir
  • Guarda de medicamentos, materiales o instrumental
  • Sistema para guarda de expedientes clínicos
  • Asiento para el médico en la exploración del paciente
  • Banqueta de altura o similar
  • Mesa de exploración con aditamento para las piernas
  • Mesa de Mayo, Pasteur o similar, de altura ajustable
  • Cubeta o cesto para bolsa de basura municipal y para residuos peligrosos
  • Esfigmomanómetro mercurial, aneroide o electrónico con brazalete de tamaño que requiera para su actividad principal
  • Estetoscopio biauricular
  • Estetoscopio Pinard
  • Estuche de diagnóstico (oftalmoscopio opcional)
  • Báscula con estadímetro
  • Báscula pesa bebé
  • Lámpara con haz direccionable
  • Caja con tapa para soluciones desinfectantes
  • Espejo Graves 1.9 x 7.5 cm
  • Espejo Graves 3.2 x 10 cm
  • Espejo Graves 3.5 x 11.5 cm
  • Histerómetro Sims
  • Martillo percutor
  • Pinza de anillos
  • Pinza estándar, estriada, sin dientes
  • Pinza, recta, fenestrada, estriada
  • Pinza, tipo mosquito, curva
  • Pinza para sujetar cuello de matriz
  • Pinza, curva, con estrías transversales
  • Porta aguja, recto, con ranura central, y estrías cruzadas
  • Pinza, longitud 24 cm
  • Riñón de 250 ml
  • Tijera recta
  • Mango para bisturí
  • Torundero con tapa
Varios
  • Termómetro clínico
  • Cinta métrica
  • Lámpara de baterías
Adaptado de: NORMA Oficial Mexicana NOM-178-SSA1-1998.
La apertura de un consultorio privado también es de interés para los profesionistas odontólogos, y la misma Norma Oficial Mexicana también contempla los requisitos correspondientes para los consultorios de estomatología.5
Mobiliario, equipo e instrumental para consultorio de estomatología
Mobiliario Equipo
  • Asiento para el odontólogo
  • Mueble para escribir
  • Mesa con tarja
  • Mueble con cajonera
  • Asientos para paciente y acompañante
  • Guarda de materiales, instrumental o equipo
  • Sistema para guarda de expedientes clínicos
  • Cubeta o cesto para bolsa de basura municipal y para residuos peligrosos
  • Compresora de aire para unidad dental, con arranque y paro automático, con sistema automático de purga de condensados, filtros de aire
  • Unidad dental con charola, porta instrumentos, escupidera y lámpara
  • Sillón dental con plataforma y respaldo reclinable
Instrumental
  • Termómetro clínico
  • Pieza de mano de alta velocidad esterilizable
  • Pieza de mano de baja velocidad esterilizable
  • Pinza de traslado con frasco refractario
  • Torundero con tapa
  • Alveolotomo, pinza gubia
  • Contrángulo
  • Cucharilla para cirugía
  • Cureta Mc Call
  • Elevador con mango metálico, brazo angulado izquierdo o derecho, extremo fino y corto
  • Elevador, recto acanalado, con mango metálico, 2 mm
  • Elevador de bandera, izquierdo, con mango metálico, extremo en ángulo obtuso y hoja pequeña
  • Espátula de doble extremo
  • Espátula Estiques, doble punta de trabajo
  • Espátula para preparar alginato o yeso
  • Espejo dental, rosca sencilla, plano, sin aumento No. 5
  • Autoclave, olla de presión o esterilizador de operación manual
  • Excavador White No.17
  • Explorador de una pieza con doble extremo No. 5
  • Fórceps
  • Jeringa Carpulle
  • Lima para hueso doble extremo con punta de trabajo rectangular y oval
  • Mortero provisto de mano con capacidad para 125 ml
  • Obturadores de los tipos y condiciones apropiadas al operador
  • Pinza Perforadora Ainsworth
  • Pinza para curaciones modelo Collage No.18
  • Porta amalgama Rower con puntas desmontables, doble extremo
  • Porta matriz Toffemire universal 7 mm
  • Porta vasos para escupidera
  • Dosificador amalgamador
  • Recortador de amalgama
  • Tijera para encías, curva, con hojas cortas, modelo: Quimby
  • Tira puente Miller
Adaptado de: NORMA Oficial Mexicana NOM-178-SSA1-1998.
En caso de que el lugar donde se brindan los servicios de atención no cumplan con alguno de los elementos mencionados, este puede ser clausurado.2
La misma Norma Oficial Mexicana también contempla los requisitos correspondientes para los consultorios de estomatología.

Lineamientos de la COFEPRIS

Por su parte, la COFEPRIS ha publicado una guía de auto-verificación de consultorios médicos, la cual establece los siguientes requisitos:3
  1. Aviso de funcionamiento y de responsable sanitario.
  2. Registro diario de pacientes.
  3. Letrero donde se dé a conocer el horario de asistencia del responsable sanitario, así como el horario de funcionamiento del establecimiento.
  4. Todos los médicos deben tener título y cédula profesional, así como diploma o grado de especialidad y cédula de especialidad, en caso de ser especialistas, y éstos deberán estar colocados a la vista del público.
  5. El recetario debe estar impreso e incluir:
  • Nombre del médico
  • Institución que expide el título
  • Número de cédula profesional
  • Domicilio del establecimiento
  • Fecha de expedición y, en el caso de especialistas, número de cédula de especialidad.
  1. Expedientes clínicos completos, que incluyan:
  • Ficha de identificación
  • Historia clínica completa
  • Notas de evolución y, en su caso, nota de interconsulta y carta de consentimiento informado

Cabe señalar que todo registro antes referido, debe contar con nombre, cédula profesional y firma de quien lo elabora.

  1. En caso de contar con expediente electrónico, debe contar con un sistema de gestión de seguridad de la información que asegure la confidencialidad, integridad, disponibilidad y trazabilidad.
  2. Acciones para el control o erradicación de fauna nociva realizadas al menos una vez al año, para ello contar con un comprobante de fumigación o desinfestación, menor a un año.
  3. Registros de la limpieza y desinfección del consultorio y su equipamiento.
  4. Abastecimiento de agua potable, así como realizar limpieza y mantenimiento de las cisternas o tinacos por lo menos una vez al año (llevar su respectivo registro) y determinación de cloro residual.
  5. Contrato con empresa recolectora de residuos peligrosos biológico-infecciosos vigente, o bien, encontrarse adherido a un plan de manejo externo, así como vigilar el adecuado manejo y separación de los mismos.
  6. Área para entrevista y otra para exploración física, delimitadas con un elemento físico.
  7. Lavabo cercano o en el área de exploración física y preferentemente con toallas desechables y jabón líquido, y éste debe contar con señalética del lavado de manos y los momentos del lavado de manos.
  8. Botiquín de urgencias que contenga: apósitos, algodón, campos estériles, gasas, guantes quirúrgicos estériles, jeringas desechables con agujas de diversas medidas, material de sutura, soluciones antisépticas, tela adhesiva, tiras reactivas para determinación de glucosa en sangre, vendas elásticas diversas medidas, analgésicos, analgésicos locales, antidiarreicos, antieméticos, antihistamínicos, antihipertensivos, antiinflamatorios, antipiréticos, broncodilatadores, corticosteroides, electrolitos orales y vasodilatadores coronarios.
  9. Medicamentos e insumos vigentes, con registro sanitario y etiquetado en español, almacenados de acuerdo a las indicaciones que vienen en el empaque. En caso de tratarse de un consultorio privado, este no debe tener medicamentos del Sector Salud.
El consultorio es susceptible a visitas de verificación por parte de instituciones de regulación sanitaria.
Hay que tener en cuenta que el consultorio es un establecimiento susceptible a visitas de verificación no solo por parte de instituciones de regulación sanitaria, sino también por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), instituciones de protección civil e, inclusive, entidades del gobierno local, entre otras. Todas ellas pueden realizarse de forma aleatoria, o bien, a solicitud de cualquier persona.5

Referencias:

  1. Muñoz V. Qué debe tener en cuenta para abrir su propio consultorio médico. [Internet]. 2022. [Consultado el 19 de septiembre de 2023]. Disponible en: http://revistainfoscare.com/actualidad/que-debe-tener-en-cuenta-para-abrir-su-propio-consultorio-medico
  2. Rojas R. 16 requisitos obligatorios que debe cumplir un consultorio médico según Cofepris. Saludiario. [Internet]. 2022. [Consultado el 19 de septiembre de 2023]. Disponible en: http://www.saludiario.com/requisitos-obligatorios-consultorio-medico
  3. COFEPRIS. Guía de Autoverificación. Establecimientos de atención médica ambulatoria o consultorios médicos generales y de especialidad. Comisión Federal para la Protección contra los Riesgos Sanitarios. Secretaría de Salud. [Internet]. [Consultado el 19 de septiembre de 2023]. Disponible en: http://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/729563/Gu_a_de_autoverificaci_n_Consultorios.pdf
  4. NORMA Oficial Mexicana NOM-178-SSA1-1998, Que establece los requisitos mínimos de infraestructura y equipamiento de establecimientos para la atención médica de pacientes ambulatorios.
  5. Ramírez-Fernández DM. Requisitos para la apertura de un consultorio odontológico en México. Revista ADM 2019;76(1):38-43.
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